A partir del 6 de agosto de 2026, los miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas de la República Dominicana que impidan a ciudadanos grabar actuaciones realizadas en espacios públicos podrán enfrentar sanciones penales, según establece el artículo 275 del nuevo Código Penal contenido en la Ley 74-25. 🇩🇴⚖️
La disposición contempla penas de entre 15 días y un año de prisión para los agentes que violen este derecho ciudadano durante el ejercicio de sus funciones.
Además de las sanciones privativas de libertad, la normativa incluye multas de hasta RD$20,000, demandas por daños y perjuicios, suspensión de funciones por un período de hasta tres años y la posible destitución de la función pública mediante sentencia judicial. 📹
El abogado Amadeo Peralta explicó en un artículo de opinión publicado en El Nuevo Diario que esta medida busca establecer mayores consecuencias frente a posibles abusos cometidos por agentes policiales y militares durante operativos y actuaciones oficiales.
Según lo planteado, la intención del legislador es fortalecer las garantías ciudadanas, la transparencia y el control sobre las actuaciones de las autoridades en espacios públicos.
La entrada en vigencia del nuevo Código Penal ha generado debate en distintos sectores de la sociedad dominicana debido a las nuevas disposiciones y cambios incluidos en la legislación.
📲 Sigue nuestras plataformas para más noticias nacionales y jurídicas.
